Si acabas de darte de alta como autónomo, o llevas tiempo siéndolo pero todavía tienes dudas sobre qué debe llevar una factura, esta guía es para ti. Verás los campos obligatorios, cómo calcular el IVA e IRPF, los errores más comunes y cómo emitir facturas correctas en minutos con un programa de facturación online.
Una factura es el documento mercantil y fiscal que acredita la entrega de un bien o la prestación de un servicio a cambio de una contraprestación económica. Para un autónomo, la factura cumple tres funciones esenciales:
La normativa que regula las facturas en España es el Reglamento de Facturación (RD 1619/2012) y la Ley del IVA. Incumplirla puede acarrear sanciones de entre 150 € y 2.000 € por factura incorrecta.
El artículo 6 del Reglamento de Facturación establece los datos que toda factura debe contener sin excepción. Si falta alguno, la factura no es válida fiscalmente y tu cliente no podrá deducir el IVA.
| Campo | Descripción | Estado |
|---|---|---|
| Número y serie | Identificación única y correlativa. Ej: 2025-001, A-2025-001 | Obligatorio |
| Fecha de expedición | Fecha en que se emite la factura | Obligatorio |
| Fecha de operación | Si difiere de la de expedición, cuando se realizó el servicio | Si difiere |
| Nombre/razón social del emisor | Tu nombre completo o razón social de tu empresa | Obligatorio |
| NIF del emisor | Tu número de identificación fiscal (DNI si eres persona física) | Obligatorio |
| Domicilio del emisor | Dirección fiscal del autónomo o empresa | Obligatorio |
| Nombre/razón social del destinatario | Datos del cliente al que facturas | Obligatorio |
| NIF del destinatario | NIF o CIF del cliente. En facturas a particulares por importes bajos puede omitirse | Obligatorio (empresa) / Condicional (particular) |
| Descripción de la operación | Qué servicios o productos se entregan. Debe ser suficientemente descriptiva | Obligatorio |
| Base imponible | El importe del servicio/producto antes de impuestos | Obligatorio |
| Tipo de IVA aplicado | Porcentaje: 21%, 10%, 4% o exento | Obligatorio |
| Cuota de IVA | El importe del IVA en euros | Obligatorio |
| Retención de IRPF | Si aplica retención (generalmente 15% o 7%), indicar el porcentaje e importe | Si aplica |
| Importe total | Base imponible + IVA − IRPF (si aplica) | Obligatorio |
El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que cobras en nombre de Hacienda. Tú lo recaudas de tu cliente y después lo declaras trimestralmente (Modelo 303). Los tipos vigentes en España son:
Si eres autónomo y facturas a empresas o profesionales (no a particulares), debes aplicar retención de IRPF. Esta retención es un pago a cuenta del IRPF que hace tu cliente directamente a Hacienda por ti. Los porcentajes son:
Es decir, aunque el trabajo vale 1.000 €, tu cliente te paga 1.060 € porque te descuenta los 150 € de IRPF que él ingresará en Hacienda en tu nombre. Esos 150 € se reflejarán en tu declaración de la Renta como pagos ya realizados.
Veamos cómo quedaría una factura real de un diseñador gráfico autónomo que factura a una empresa:
La factura estándar que emites por tus servicios o productos. Es la más habitual.
Puede emitirse cuando el destinatario es un particular, el importe no supera los 400 € (IVA incluido) o cuando lo autoriza la AEAT. No requiere datos del cliente. Importante: con una factura simplificada, el cliente empresa no puede deducir el IVA soportado.
Se emite cuando hay que corregir una factura ya emitida: datos erróneos, devolución parcial o total, descuento posterior. Nunca se modifica la factura original: se emite una nueva con su propio número, indicando la referencia a la factura que corrige y el motivo.
Agrupa en un único documento varias operaciones del mismo mes para el mismo cliente. Debe emitirse antes del último día del mes siguiente al que se refiere.
Cuando facturas a un cliente de otro país de la UE que tiene número de IVA (VAT). En este caso no aplicas IVA español, pero debes incluir el número de IVA del cliente y hacer mención a la inversión del sujeto pasivo.
La numeración correlativa es uno de los puntos más importantes y más descuidados. Hacienda exige que las facturas tengan una secuencia sin saltos, sin huecos y sin duplicados. Además, con VeriFactu (obligatorio desde enero de 2027), la trazabilidad de la numeración se refuerza.
Las series permiten tener varias numeraciones paralelas. Son útiles cuando:
FacturaReal gestiona la numeración automáticamente, te recuerda aplicar la retención correcta y guarda un historial trazable de todas tus facturas. Sin saltos, sin errores, sin preocupaciones.
Probar gratis 60 días — sin tarjetaLa legislación española establece distintos plazos según el ámbito:
Número y serie correlativa, fecha de emisión, datos fiscales del emisor (nombre, NIF, dirección), datos del cliente (nombre, NIF, dirección), descripción detallada de los servicios o productos, base imponible, tipo de IVA y cuota resultante, retención de IRPF si aplica, e importe total.
Cuando facturas a una empresa o profesional (no a particulares). El porcentaje general es el 15%. En los primeros 3 años desde el alta, puedes aplicar el 7% si se lo comunicas al cliente. Hay actividades específicas (como las agrícolas) con tipos distintos.
Sí, si tu actividad está exenta de IVA (enseñanza, servicios sanitarios, seguros) o si facturas a clientes de la UE con VAT (operaciones intracomunitarias) o fuera de la UE (exportaciones). En esos casos indicas "operación exenta" o "inversión del sujeto pasivo" según corresponda.
No se puede modificar la factura original. Debes emitir una factura rectificativa con su propio número, referenciando la factura original y explicando el motivo (error en datos, devolución, descuento posterior). La rectificativa puede ser por el importe de la diferencia o por el importe total de la factura original.
Al menos 4 años para cumplir con el plazo de prescripción de la AEAT, y 6 años según el Código de Comercio. Se recomienda guardarlas 6 años por seguridad, tanto en formato físico como digital.
No emitir factura cuando es obligatorio es una infracción tributaria. Las sanciones van del 1% al 2% del importe no facturado, con un mínimo de 300 € por infracción. Además, Hacienda puede considerarlo como ocultación de ingresos, con sanciones más graves.
No es legalmente obligatorio, pero con la entrada en vigor de VeriFactu (obligatorio desde enero de 2027 para autónomos y pymes) sí será necesario un software certificado. Además, usar un programa de facturación como FacturaReal evita errores, automatiza la numeración y te ahorra horas con las declaraciones trimestrales.
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